Corte de Valdivia rechaza recurso de amparo interpuesto por representante de sanitaria que buscaba cumplir apremio de arresto en su domicilio.

La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de amparo interpuesto por María Adriana Tagle Reszczynski, representante legal de la Empresa de Servicios Sanitarios San Isidro S.A. (ESSSI), que buscaba dejar sin efecto la resolución del 2 de abril de 2019, emanada del Tercer Tribunal Ambiental, que denegó la solicitud de la recurrente de cumplir el apremio de arresto de cuatro días dictado en su contra, en su hogar.

En fallo unánime (causa rol 29-2019), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Samuel Muñoz, Carlos Gutiérrez y Luis Aedo– rechazó la acción judicial que pretendía evitar que Tagle Reszczynski cumpliera su arresto en un recinto penitenciario, argumentando para ello el resguardo de su “libertad personal y seguridad individual”.

“La razón legal que motiva el arresto surge del incumplimiento de la imposición de multas (en más de cinco oportunidades) y la continua descarga de aguas servidas tratadas en el caudal casi inexistente del río Trapén en el Sector de Panitao, incumpliendo en forma persistente lo decretado en favor del resguardo medio ambiental”, establece el fallo dictado el lunes 22 de abril recién pasado.

La resolución agrega que “cabe preguntarse entonces si ¿Tendrá efecto imponer un apremio de arresto domiciliario ante la contumaz desidia en obedecer a una orden judicial de paralización de descargas de efluentes en el rio Trapén? La imposición de multas no ha sido persuasiva para que cese el incumplimiento, debe entonces considerarse un apremio de mayor intensidad que claramente lo constituye un arresto en recinto público destinado a ese objeto y no en el domicilio particular”.

“Además de lo expuesto se debe recalcar que no se discute la medida de apremio en sí, que ya fue objeto de amparo constitucional en los autos rol 13-2019 de esta Corte, rechazándose el recurso de amparo dirigido por la Sra. Tagle contra Ministros del Tribunal Ambiental por el arresto de 11 de febrero de 2019; rechazo que fue confirmado posteriormente por Excma. Corte Suprema (rol 7049-2019). Lo denunciado corresponde a la modalidad de cumplimiento del arresto, que por lo expresado resulta adecuada”, precisa la sentencia.

Por tanto, concluye que: “SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto en favor de doña María Adriana Tagle Reszczynski, en contra de los Ministros del Tercer Tribunal Ambiental de Chile”.