CON RUN Y FECHA DE NACIMIENTO: RECUERDA QUE PUEDES REVISAR SI PUEDES SOLICITAR LA PENSIÓN GARANTIZADA UNIVERSAL POR INTERNET 

Que la falta de tiempo no sea una excusa. En los fines de semana también se puede solicitar la PGU. Tienes que ingresar a www.chileatiende.cl y solicitarla con tu ClaveÚnica.

La falta de tiempo siempre es un factor que a todos nos juega en contra a la hora de realizar trámites personales. Afortunadamente, no es un problema a la hora de solicitar la Pensión Garantizada Universal, porque en los fines de semana también puedes hacerlo, ingresando al sitio www.chileatiende.cl.

Muchas personas de 65 años y más que cumplen los requisitos y cuentan con su ClaveÚnica, han hecho la solicitud vía Internet, viendo incrementada su Pensión Base con este beneficio que asciende hasta un monto máximo de $193.917.

“La Pensión Garantizada Universal es una ayuda que entrega el Estado a través del IPS, cuyo monto máximo es de $193.917, cifra que será percibida en su totalidad por quienes tengan una pensión base menor a $660.366, siempre que cumplan con los demás requisitos legales. La PGU se puede solicitar en línea a través del portal www.chileatiende.cl con la ClaveÚnica o presencialmente en sucursales ChileAtiende del IPS”, explicó el Seremi del Trabajo y Previsión Social, Ángel Cabrera.

Cómo hacer la solicitud de la PGU:

  1. En línea, por el sitio chileatiende.cl, con la ClaveÚnica.
  2. En sucursales ChileAtiende del Instituto de Previsión Social, IPS.
  3. AFP o compañías de seguros, si está afiliado a una de esas entidades.
  4. Municipalidades

Principales requisitos:

  • Tener 65 o más años.
  • No integrar un grupo familiar perteneciente al 10 % más rico de la población de 65 o más años. Esto se analiza después de ingresada la solicitud y no corresponde al mismo porcentaje del registro social de hogares.
  • Acreditar residencia en Chile por 20 años continuos o discontinuos, desde los 20 años de edad. También al menos cuatro años, de los últimos cinco anteriores a la solicitud del beneficio.
  • Contar con una pensión base calculada menor a $1.048.200 (monto de la pensión superior), según la forma de cálculo definida en la normativa.

A las personas afiliadas o pensionadas de Dipreca y Capredena no les corresponde este beneficio. Los requisitos más detallados se pueden consultar en www.chileatiende.cl.