Con el objetivo de coordinar acciones intersectorial que permita recolectar insumos necesarios para la pronta puesta en marcha de la Ley de Inclusión Laboral, y así hacer más eficiente y efectiva su aplicación, autoridades regionales y sociedad civil conformaron mesa de trabajo orientada  la inclusión laboral de las personas con discapacidad.   Esta instancia debe constituirse además como una oportunidad que permita la generación de un cluster inclusivo.

 

La coordinación de esta Mesa de Trabajo será responsabilidad del Ministerio de Desarrollo Social. En este contexto Gonzalo Reyes, seremi de la cartera, dijo que “esta es una instancia que formarnos para difundir los alcances en el mundo laboral y las personas en situación de discapacidad uno de los principales de la ley recientemente aprobada en el Congreso. Su objetivo  es desarrollar un plan de trabajo que nos permita levantar por ejemplo un catastro de empresas regionales que tengan más de 100 trabajadores para ver las implicancias que tendrá la ley de inclusión en la región”.

 

La autoridad informó además que la Mesa está constituida por distintos integrantes de de gobierno regional como la seremi del Trabajo, Economía, Salud, Gobierno, Instituto de Seguridad Laboral, así como instituciones de la sociedad civil vinculadas con la temática como Coanil, Teletón, Omil, “la idea es aclarar los alcances que tendrá el cuerpo legal en la región, así como el impacto y oportunidades  que van a tener  organizaciones y personas en situación de discapacidad.

 

Entre las primeras tareas que realizará la Mesa está catastrar empresas regionales, cuáles cuentan ya con contratación de personas con discapacidad, a fin de contar con información rápida para orientar, sensibilizar y difundir los alcances de la Ley; así como adelantar trabajo antes de la puesta en vigencia.

 

La instancia público privada será además la encargada de convocar y  coordinar encuentros ciudadanos, para dar a conocer el cuerpo legal tanto a empresas y organizaciones y personas con discapacidad que se verán beneficiadas con la misma. En esta materia Jessica Droppelmann directora de Senadis aclaró que “en la región tenemos un 16, 8 5 de personas con algún grado de discapacidad y de ese porcentaje entre el 8% y el 9% tiene discapacidad leve o moderada que se podrán considerar como parte de quienes se beneficien con esta ley”.

 

Richard Villegas, Director Regional del Sence y en representación del Seremi del Trabajo, sostuvo que “destacar que la ley fue aprobada en el Congreso con una amplia mayoría parlamentaria y estamos a la espera de su pronta promulgación. Nosotros como Misterio del Trabajo tendremos un rol fiscalizador en conjunto con el SII, un trabajo vinculante que probablemente derive en mejoras de aquí a tres años, ahora el empresariado ha reaccionado bastante bien a este cambio en la normativa, ya tenemos experiencias exitosas de empresas de más de 100 trabajadores  que han incorporado a personas en situación de discapacidad, con una muy buena recepción, tanto de la misma empresa como de los propios trabajadores,  a tal punto que nos encontramos con experiencias donde se fomenta el desarrollo de equipos de trabajo y ha permitido mejorar la competitividad y la seguridad laboral, en ese sentido las empresas han entendido que esta ley de inclusión laboral que favorece el trabajo colaborativo al interior de la empresas”.

 

Sobre la ley

 

El secretario ministerial Gonzalo Reyes aprovechó la oportunidad de explicar los principales alcances de la Ley de inclusión Laboral de personas con discapacidad.  “MDS junto al Ministerio del Trabajo y SENADIS trabajaron en una indicación sustitutiva sobre la base de 11 mociones parlamentarias para una Ley de Inclusión Laboral, con el objeto de asegurar la efectiva igualdad de oportunidades y plena inclusión de las personas en situación de discapacidad. Esta Ley se venía trabajando desde año 2006”.

 

Además se establece el  1%  de cuota laboral para personas en situación de discapacidad en organismos del estado (civiles y militares) y empresas ambos con 100 o más trabajadores o funcionarios.

 

Se derogación del artículo N° 16 de la Ley N° 18.600 que señala que “el contrato de trabajo que celebre una persona con discapacidad mental, podrá estipularse una remuneración libremente convenida entre las partes, no aplicándose a este respecto las normas sobre ingreso mínimo”. La derogación se efectuará de manera inmediata. Se fija en 26 años la edad límite para suscribir contrato de aprendizaje con personas con discapacidad, asimilándola a la edad de término de la educación especial.

 

Además la Ley incluye a las personas con pensión de invalidez, de cualquier régimen previsional, además de aquellas que estén inscritas en el Registro Nacional de Discapacidad, con el objeto de incluir aún a más Personas en Situación de Discapacidad como destinatario de la norma. Qué significa? No hay pérdida de las pensiones. Sólo en caso de que el sueldo supere los dos sueldos mínimos, después de los 2 años comienza un descuento gradual.