Recientemente, se dictó la Resolución Exenta No. 4458, que modificó la Unidad de Educación Militar, dependiente del Jefe de la División de Asuntos Institucionales, de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas.

A fin de alcanzar los distintos objetivos declarados en esta resolución, se estableció que el Jefe o Jefa de la División de Asuntos Institucionales ejercerá una serie de funciones respecto de la Unidad de Educación Militar, siendo las más importante aquellas que le facultan para “dirigir ésta y presentar las propuestas de políticas, directrices y documentos en materia de educación militar, para la aprobación y toma de decisiones por el Subsecretario de las Fuerzas Armadas y proponer el plan de trabajo anual de la Unidad de Educación Militar”.

La Contraloría destacó que en la normativa administrativa respectiva (Ley No. 20.424 y reglamentos) no se encuentra prevista la existencia de una Unidad de Educación Militar en la División de Asuntos Institucionales, así como tampoco se le ha entregado al Subsecretario de Fuerzas Armadas, al menos de manera explícita, labores en materia de educación de las ramas castrenses.

De la misma forma, se deja constancia que en el ejercicio de la potestad reglamentaria, se dictaron los reglamentos contenidos en los Decretos Nos 48 y 50, de 2003, ambos del Ministerio de Defensa Nacional, donde se crea Consejo de Educación de las Fuerzas Armadas como un organismo asesor del Ministro de Defensa Nacional en todas aquellas materias docentes de interés común para las Fuerzas Armadas, facultándolo para estudiar, planificar y proponer directrices en materias educacionales de esas entidades castrenses. En este contexto la Contraloría dictaminó que la Res. Ex. No. 4.458 de 2022 no se ajustó a derecho ya que el Subsecretario no tiene competencias para regular estas materias. Trasladar la asesoría en materia educacional de las entidades castrenses desde el Consejo de Educación de las FFAA a un nuevo órgano es una medida que debe ser ejercida mediante el uso de la potestad reglamentaria del Presidente de la República.

Esta situación ha pasado desapercibida en la opinión pública y nos deja algunas preguntas: ¿qué intenciones reales se tuvo al dictar esta normativa? ¿la Ministra de Defensa y el Presidente Boric la comparten? ¿tienen la misma visión?

La clase política y la opinión pública deben prestar atención a cualquier intento de intervenir en la formación educacional de las Fuerzas Armadas, ya que sus programas y procesos solo deben responder a criterios profesionales y técnicos y en ningún caso a visiones ideológicas, es por ello que considero que se debe exigir al Subsecretario de Fuerzas Armadas explicar las razones de fondo que lo llevaron a dictar esta Resolución, así como, su actuar al margen de la juridicidad.

Dr. Jorge Astudillo Muñoz

Académico Facultad de Derecho U. Andrés Bello