CORPORACIÓN ANGELMÓ: (RESUMEN DE LOS ESTATUTOS)

ARTÍCULO TERCERO: La Corporación no persigue ni se propone fines sindicales, de lucro, partidistas o religiosos. Estará prohibida toda acción de carácter político partidista.

ARTÍCULO CUARTO: La Asociación tendrá por finalidad u objeto crear, estudiar, estimular, promover, coordinar y difundir iniciativas destinadas al fomento del arte y la cultura, en sus diferentes manifestaciones y podrá realizar sus actividades de manera particular en los siguientes ámbitos de acción:

  1. Fortalecer el sello de Angelmó como la imagen más importante para la proyección de la comuna de Puerto Montt como destino turístico.
  2. Velar por la protección y proyección del Patrimonio Cultural y Natural de todo Angelmó, promoviendo su desarrollo sustentable y en armonía con el medio ambiente.
  3. Desarrollar con los miembros de las agrupaciones que viven o trabajan allí, planes y programas en temas de emprendimiento, Patrimonio Cultural y Natural, elaboración de proyectos, mitigación de impacto y daño ambiental, contabilidad, atención al cliente, artesanía, etc. de manera de proyectar para las generaciones futuras el valor de Angelmó.
  4. Actuar como intermediario y vocero válido en el diálogo entre Angelmó y las instituciones públicas y privadas que estén presentes y/o proyecten su intervención en el territorio.
  5. Impulsar el Turismo de Intereses Especiales a partir de su Patrimonio Cultural y Natural, entendiendo que su forma de vida ancestral es la base de su Identidad Cultural.
  6. Desarrollar innovación en cuanto a productos y servicios teniendo como base las Identidades Culturales históricas y el cuidado del Medio Ambiente.
  7. Promover el mejoramiento de la calidad de vida de todos sus integrantes tendiendo, entre otros aspectos, a una satisfacción de las necesidades humanas fundamentales en armonía con la naturaleza.
  8. Generar vínculos de trabajo mutuo con otros territorios y mercados similares al nuestro, tanto en el país como en el extranjero con el objetivo de aprender de ellos y compartir experiencias exitosas.
  9. Formular, gestionar y participar en la elaboración, ejecución y evaluación de proyectos que solucionen problemáticas de desarrollo local y planificación en nuestro territorio.
  10. Incentivar la investigación y la educación de sus miembros sobre todo en las áreas gastronómica, artesanal y de emprendimiento así como el desarrollo de alternativas sustentables para el desarrollo de nuestro territorio.
  11. Desarrollar y promover la voluntad de diálogo, tolerancia, transparencia, sinceridad, y resolución de conflictos, respetando los derechos humanos, la equidad e inclusión en todas sus formas con el propósito de avanzar hacia una sociedad más justa, igualitaria y pacífica.

La Corporación podrá realizar actividades económicas que se relacionen con sus fines; asimismo, podrá invertir sus recursos de la manera que decidan sus órganos de administración. Las rentas que perciba de esas actividades sólo deberán destinarse a los fines de la Corporación o a incrementar su patrimonio.

ARTÍCULO QUINTO: La duración de la Corporación será indefinida y el número de sus socios, ilimitado.