Con charlas informativas Ministerio del Trabajo difunde nueva ley para trabajadores independientes

Se trata del primer proyecto del Ministerio del Trabajo convertido en Ley durante la actual administración. La ley mantiene la obligación de cotizar a los trabajadores independientes, tal como se estableció en la Reforma de 2008, pero entregando todos los beneficios vinculados a seguridad social desde el primer año. Estarán exentos de cotizar los hombres mayores de 55 años y las mujeres mayores de 50 años al 1 de enero de 2018.

Con charlas realizadas en las provincias de Llanquihue, Chiloé y Osorno el Ministerio del Trabajo y Previsión Social entregó información relevante para los trabajadores independientes de la Región de Los Lagos. La Ley 21.133 establece un nuevo mecanismo gradual de cotización para los trabajadores que mantiene la obligatoriedad del pago de las cotizaciones a través de la Declaración Anual de Impuesto a la Renta de cada año, a partir de 2019, con cargo a la retención del 10% de impuestos. Pero, a diferencia de la normativa vigente, establece el incremento gradual de la retención de impuestos en 0,75 % anual, hasta alcanzar el 17% en 2027.

Deberán cotizar los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios por un monto bruto anual igual o mayor a 5 ingresos mínimos mensuales (1 millón 400 mil pesos en el año), exceptuando a los hombres de 55 años o más, y mujeres de 50 años o más, al 1 de enero de 2018.

El Seremi del Trabajo y Previsión Social de la Región de Los Lagos, Mauro González Villarroel indicó que “una de las preocupaciones que tenemos como Gobierno es terminar con la distinción que existía entre trabajadores dependientes e independientes. La ley cambió, hoy permite a los trabajadores ingresar al sistema de protección social tener cobertura y protección. En abril próximo los trabajadores independientes van a tener que tomar una decisión si van a cotizar por el 10% o el 2,7%”. La autoridad regional dijo que “estamos tranquilos y muy contentos, porque los trabajadores van a poder tomar una decisión informada para su futuro previsional”.

Por su parte, Rodrigo Pérez, Jefe de la Unidad de Educación de la Subsecretaría de Previsión Social, subrayó que “nosotros hemos tratado de aportar en la difusión de la ley 21.133. Hemos estado en Puerto Montt, en Castro, en las comunas de Fresia, Frutillar y Osorno. Hemos generado una cobertura importante a nivel regional. Lo que buscamos es que la gente conozca la normativa. El proceso formal se inicia con la operación renta 2019 y cada uno de los trabajadores que emiten boletas de honorarios va a tener que tomar una decisión. En ese proceso estamos tratando de aportar desde la información para que esta decisión sea lo más consiente posible y que sea en función de las necesidades de cada uno de los trabajadores”.

Beneficios

Con los montos retenidos cada abril se pagarán: Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS); Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (ATEP); Seguro para el Acompañamiento de Niños y Niñas (Ley Sanna); Licencias médicas y subsidios, pre y post natal, y post natal parental y Pensiones.

El nuevo mecanismo no sólo otorga seguridad social desde el primer año, sino que además acaba con los saldos o deudas previsionales que se generaban cada año para estos trabajadores, debido a que con el 10% de la retención de impuestos no se alcanza a cubrir la totalidad de las cotizaciones previsionales, que alcanzan al 17% de los ingresos brutos en un año.

Opción transitoria

La nueva ley contempla una alternativa transitoria para quienes no estén en condiciones de destinar desde este año el total de su retención de impuestos al pago de cotizaciones previsionales. Esta consiste en la posibilidad de cotizar para pensiones y salud por un porcentaje menor de la Renta Imponible, el que se incrementará anualmente, comenzando el primer año con cotizaciones sobre el 5% de la renta imponible, 17% el segundo, hasta llegar a 100% el décimo año.  De esta manera, durante la operación renta 2019 se retendrá el 2,69% para pagos de seguridad social devolviendo el 7,31% al trabajador.