La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de la Universidad Austral de Chile, por profesor que fue suspendido de sus funciones en mayo pasado, al abrirse una investigación interna por una serie de denuncias que implicarían incumplimientos a sus obligaciones como director de escuela, como académico responsable de su asignatura y conductas de acoso sexual a estudiantes.

En fallo unánime (causa rol 818-2018), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Mario Julio Kompatzki, María Soledad Piñeiro y Samuel Muñoz– rechazó la acción judicial, tras establecer que la suspensión del docente no vulnera sus derechos constitucionales.

“Que no se advierte arbitrariedad ni ilegalidad en los actos reprochados a la recurrida, de la forma en que se expuso precedentemente, por lo que al no configurarse los presupuestos que se requieren para que sea procedente el recurso de protección, deberá necesariamente rechazarse”, sostiene el fallo dictado ayer, lunes 9 de julio.

La resolución agrega que: “(…) que de la lectura del “Acta de Acuerdo/CEE” de 26 de abril de 2018 se desprende con claridad que la respuesta de las autoridades universitarias, entregada a los alumnos señalaba que no era posible aplicar expulsión ni otra sanción al Sr. Contreras, sino dentro del marco de una investigación y que ella se iniciaría una vez recibidas las respectivas denuncias. En estrados ambas partes dieron cuenta de la vigencia de la investigación. (…) En consecuencia, no se advierte vulneración ni al debido proceso -en lo que a estos hechos atañe- ni a una eventual decisión adoptada por autoridad incompetente”.

“Finalmente –continúa– estima ha sido amagado su derecho de propiedad sobre el cargo que ostenta como académico y director de la Escuela de Artes Visuales de la Universidad Austral de Chile. De lo ya dicho se desprende que existe una investigación en curso, cuya ritualidad se ajusta al Reglamento Interno de la Universidad recurrida, la que no ha sido objeto de este recurso, que en ese el Sr. Contreras ha sido suspendido en su cargo, con derecho a remuneraciones, de forma que el ejercicio de propiedad sobre el cargo ha sido limitado de forma reglamentaria”.

Por lo tanto, concluye que: “SE RECHAZA la acción de protección deducida por don Jaime Benito Gallardo Casanova, en representación de don José Mauricio Contreras Contreras, en contra de la Universidad Austral de Chile, representada por su Rector don Oscar Alejandro Galindo Villarroel, sin costas”.